El reconocimiento universitario del centro, los grados que otorga y la preparación de su plana docente.
Lo que separa a esta escuela de una academia de instrucción es un expediente administrativo: el reconocimiento de su nivel universitario. De ahí se derivan los grados que otorga, las exigencias sobre su plana docente y la estructura académica que sostiene todo el sistema.
La Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú quedó comprendida en los alcances de la Ley Universitaria 23733, en cumplimiento de la Ley 296296, que modificó el artículo 99 para incorporarla. La adecuación fue aprobada por la Asamblea Nacional de Rectores mediante la Resolución Directoral 0065-2012-ANR del 16 de enero de 2012.
El trámite, que sobre el papel parece burocrático, cambió la naturaleza del centro. A partir de ese momento los estudios de los cadetes dejaron de ser instrucción interna con validez solo institucional y pasaron a producir credenciales académicas registradas con el mismo valor que las de cualquier universidad peruana.
Conforme a los registros establecidos en la Ley Universitaria, la escuela había otorgado 5139 grados académicos de bachiller en Administración y Ciencias Policiales y 1608 títulos de licenciado en la misma especialidad, todos ellos registrados ante la Asamblea Nacional de Rectores.
| Credencial | Cantidad registrada |
|---|---|
| Grado académico de bachiller en Administración y Ciencias Policiales | 5139 |
| Título de licenciado en Administración y Ciencias Policiales | 1608 |
La diferencia entre ambas cifras se explica por el propio diseño del sistema: el grado de bachiller se obtiene al concluir los estudios, mientras que la licenciatura exige un trabajo adicional de titulación que muchos egresados completan más tarde, ya en servicio.
La elección de la especialidad dice bastante sobre el perfil del egresado. Un oficial de policía no solo interviene: dirige unidades, administra recursos, redacta documentación con consecuencias legales y responde por el personal a su cargo. La formación en administración atiende esa dimensión de mando, mientras que las ciencias policiales cubren la técnica propia del servicio.
Ese equilibrio también explica por qué el plan de estudios incluye contenidos humanísticos y jurídicos junto a la instrucción operativa: el marco legal no es un accesorio del trabajo policial, es su condición de validez.

El nivel universitario impone exigencias sobre quien enseña. Los docentes de la escuela recibieron capacitación en el Diplomado de Especialización de Posgrado en Docencia Universitaria y Gestión Educativa, orientado precisamente a cerrar la distancia entre la experiencia profesional policial y la competencia pedagógica que exige un centro de nivel universitario.
Es un punto que suele pasarse por alto. Un oficial con veinte años de servicio sabe de trabajo policial, pero enseñar en un aula universitaria requiere método, criterios de evaluación y manejo de contenidos que se aprenden aparte. La existencia del diplomado reconoce esa distancia en lugar de darla por resuelta.
Sostener todo esto requiere estructura. La División Académica de la escuela integra la Jefatura de Planeamiento Educativo, la Jefatura de Evaluación y Supervisión Académica, el Departamento de Medios y Material Educativo, el Departamento Psicopedagógico y el Departamento de Proyección Educativa. Por encima de ellos, el Consejo Académico funciona como órgano consultivo en materia de planes de estudio y evaluación.
El Departamento Psicopedagógico merece una mención aparte: en un régimen de internado con alta exigencia física y disciplinaria, el acompañamiento psicológico y el apoyo al aprendizaje no son un servicio complementario sino una pieza del sistema formativo.